El Tratado para evitar la Doble Tributación:
¿Primacía de la Razón de Estado?
Carlos Mendoza Pottellá
sábado, 26 de junio de 1999
La "razón de Estado" ha sido siempre una fórmula utilizada por gobernantes autoritarios para no explicar algunas acciones dudosas, a las cuales se cubre con un manto de importancia estratégica para justificar la exigencia de acatamiento sin discusión. La lógica de esta práctica se basa en la pretensión de que la consideración de las cuestiones del más alto interés nacional es materia exclusiva del alto gobierno.
El Canciller, José Vicente Rangel, un insigne luchador contra el totalitarismo y los abusos concomitantes con él, nos acaba de dar una lacónica demostración del imperio de la razón de Estado por encima de cualquier otra consideración. En efecto, frente al conjunto de observaciones críticas que se han levantado contra el Tratado para evitar la doble tributación, suscrito con los Estados Unidos por el anterior gobierno y expeditamente enviado al Congreso para su ratificación por la Cancillería del actual gobierno, el Doctor Rangel ha sido contundente: "El gobierno no revisará acuerdo de doble tributación con los Estados Unidos" (El Nacional, 25/6/99, pág. E-1).
La argumentación del Doctor Rangel es sencilla: "Antes de llevar el acuerdo al Congreso, la Cancillería realizó las consultas y recibió las asesorías respectivas, las cuales determinaron que se trata de un convenio favorable al país". Señala, asimismo, que los funcionarios de su despacho, "a quienes compete la revisión de los tratados internacionales", recibieron información del Seniat, el cual avaló la suscripción de este convenio. "La opinión del Seniat es prioritaria" (Subrayado nuestro)
Quedamos atónitos ante la insólita celeridad de esta Cancillería. Es realmente impresionante -me atrevería a decir que increíble- que, habiendo asumido sus funciones el 2 de febrero pasado, en dos semanas, mucho antes de terminar ese pequeño mes, ya la Cancillería, y "los funcionarios a quienes compete la revisión de los tratados internacionales", habían hecho todas las consultas y recibido todas las asesorías necesarias para remitir ese Tratado a la Comisión de Política Exterior del Senado para iniciar el proceso de ratificación legislativa.
El Senado también abrevió la consideración de este instrumento y, a la velocidad del rayo, lo remitió con su aprobación, a la Cámara de Diputados.
Permítaseme una digresión personal para destacar el nivel de seriedad del análisis con el cual fue considerado este delicado asunto en la Cámara Alta: una senadora amiga, miembro de la mencionada Comisión de Política Exterior, al explicarme las razones de su aprobación al Tratado en discusión me manifestó categóricamente que "... bueno, como eso lo mandó mi gobierno y, además, me convencieron los argumentos de la Oficina de Asesoría Económica del Congreso...".
FUNDAPATRIA, Luis Britto García, el suscrito y los parlamentarios del Polo Patriótico que pidieron la posposición de la ratificación de ese tratado en la Cámara de Diputados hemos demostrado, con nuestras observaciones críticas, que en verdad no todas las consultas habían sido hechas. Por el contrario, fuera de Venancham y algunos otros organismos empresariales interesados en la materia, la inmensa mayoría de los venezolanos comunes y corrientes, e incluso sectores importantes de la dirigencia de este país, desconocen los términos de este Tratado.
La gravedad de esta circunstancia queda de manifiesto cuando se considera que se trata de un convenimiento internacional que afectará sensiblemente a lo que será, por virtud de la apertura petrolera y otros mecanismos de "estímulo a la inversión extranjera", una las fuentes fundamentales de captación de recursos para el Estado venezolano: los impuestos pagados por las empresas norteamericanas en el país.
A confesión de parte, relevo de pruebas:
No voy a reiterar mis argumentos anteriores sobre la insignificancia de Citgo y Polar frente a los consorcios Exxon-Mobil y BP-Amoco. Simplemente me voy a remitir a la máxima jurídica que afirma que "a confesión de parte, relevo de pruebas". No existe mejor argumento sobre la inconveniencia inmediata para Venezuela de este Tratado que los alegatos en los cuales basan su aprobación los órganos parlamentarios que así lo recomiendan:
1)
"Esta doble tributación es altamente perjudicial para el flujo de capitales e inversiones entre los países, en especial para Venezuela que está tratando de captarlas.
Para evitar esta situación es necesario la realización de estos convenios, que si bien significan sacrificios fiscales para nuestra República, otorgan mayor rentabilidad a las inversiones extranjeras en nuestro país" (Comisión Permanente de Política Exterior de la Cámara de Diputados, subrayado nuestro)
Evidentemente, estos diputados no parecen entender que no es "si bien", sino que, por el contrario y sin el condicional, una cosa determina a la otra: la mayor rentabilidad de las inversiones extranjeras en nuestro país se fundamentará en los sacrificios fiscales de Venezuela.
2)
"Lamentablemente, el Seniat no dispone de información suficiente para medir el impacto que se producirá en la recaudación fiscal venezolana cuando las empresas americanas en Venezuela comiencen a repatriar dividendos a los Estados Unidos pagando solamente una tasa de 5% en nuestro país. Si bien, esto puede disminuir en el corto plazo la recaudación de este tipo de ingresos en Venezuela, la eliminación de la doble tributación generará en el mediano y el largo plazo un incremento en el flujo de inversiones y capitales americanos a Venezuela. Los efectos fiscales positivos originados por un universo tributario de compañías americanas más amplio en el mediano y el largo plazo debieran superar los efectos fiscales negativos de corto plazo originados por una tasa impositiva más baja." (Oficina de Asesoría Económica y Financiera del Congreso de la República", subrayado nuestro).
Aquí surge la explicación de un subrayado anterior, en las declaraciones del Canciller Rangel: . "La opinión del Seniat es prioritaria". Pregunto entonces ¿a cuál opinión del Seniat se refiere el Dr. Rangel? ¿no se tratará, más bien, de una aprobación a priori, por razones de Estado deconocidas para el común, pero lo suficientemente "importantes y estratégicas" como para obviar la circunstancia de que ese organismo no dispone, tal como lo sostiene la Oficina de Asesoría Económica del Congreso, de la "...información suficiente para medir el impacto que se producirá en la recaudación fiscal venezolana..."?
De los términos del referido Tratado, y de las justificaciones anteriores, se desprende que la primera consecuencia de su aplicación será una merma impositiva incuantificable, a cambio de la cual sólo se obtendría un futuro e hipotético crecimiento de las inversiones norteamericanas en el país, las cuales vendrían, precisamente, a aprovechar las grandes ventajas que ofrece Venezuela. Los párrafos citados constituyen una paladina confesión del grado de irresponsabilidad con el cual se está tratando una materia vital: se reconoce la incapacidad del Seniat para cuantificar ese sacrificio fiscal con el cual se incrementará la rentabilidad de las inversiones norteamericanas en Venezuela, pero ese desconocimiento de las potencialidades negativas del Tratado en referencia pareciera no ser obstáculo para su aprobación por los poderes públicos nacionales.
Por mi parte, estoy seguro de que ese sacrificio fiscal será gigantesco, porque las principales empresas norteamericanas que se acogerán a este sistema serán las compañías petroleras, las cuales se constituyen en las principales beneficiarias de este tratado, pues disponen desde hace unos años, por virtud de la apertura petrolera, de nuevas áreas para su explotación directa y numerosos contratos operativos. Tal como fue denunciado en su oportunidad por FUNDAPATRIA y el grupo de venezolanos que introdujimos ante la Corte Suprema de Justicia las demandas de ilegalidad e inconstitucionalidad del Acuerdo del Congreso Nacional que aprobó los convenios de asociación para la exploración "a riesgo" y la explotación bajo el esquema de ganancias compartidas, más de la tercera parte de la producción petrolera venezolana se hará, en el mediano plazo, a través de esos convenios y contratos. Se trata pues, reiteramos, de un atentado contra el principal rubro de los ingresos fiscales venezolanos, generador de más del 60 por ciento de éstos. Creo que no es necesario nada más para demostrar la gravedad del asunto.
Este tratado viene a completar el cuadro de políticas antinacionales desarrolladas por el pasado gobierno bajo el paraguas de dicha apertura petrolera: la eliminación de los valores fiscales de exportación, la reducción de la tasa del impuesto sobre la renta de 67 a 34 por ciento en los convenios de asociación y en los contratos operativos y la minimización de la regalía desde su nivel tradicional del 16,66 por ciento hasta un 1 por ciento en dichos instrumentos de asociación con el capital extranjero, concomitante con el otorgamiento del beneficio de depreciación acelerada de la inversión y amortización también acelerada de los gastos exploratorios y convenios para el pago de regalías que otorgan descuentos por "costos de recolección" que la reducen aún más, a los niveles casi imperceptibles del 0,67 por ciento. Con este conjunto de medidas y el tratado en referencia, Venezuela se convierte en un paraíso para la inversión petrolera norteamericana, la cual consigue de esta manera la vuelta de los buenos viejos tiempos, cuando sus corporaciones obtenían el petróleo venezolano a precio de baratija.
En los actuales momentos se busca imponer ese acuerdo leonino haciéndolo pasar como un simple instrumento de técnicas comerciales de aceptación general. De hecho, se alude a la circunstancia de que Venezuela ha suscrito tratados similares con otros trece países. Justamente, uno de los argumentos norteamericanos para presionar la firma de este Tratado reza así: "...los Estados Unidos no están dispuestos a aceptar un trato menos favorable que el otorgado al resto de las naciones Europeas occidentales más importantes y tampoco están dispuestos a descartar los resultados obtenidos durante varios años en las reuniones previas y comenzar de nuevo" (Memorándum HGJT-97-9-18 del Gerente Jurídico Tributario del Seniat)
Por el contrario, la preponderancia petrolera y la magnitud de las inversiones norteamericanas en Venezuela hacen particularmente distinto este caso, razón por la cual es ineludible una discusión transparente y pública, a través de la cual se exponga el verdadero balance de las consecuencias negativas y positivas del Tratado en cuestión. Precisamente, por lo poco confiables que son los criterios con los cuales el anterior gobierno realizó estas negociaciones y dadas las reiteradas evidencias de su entreguismo en materia petrolera y fiscal, es necesario que se revise todo lo actuado en esta materia.
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